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64 preguntas frecuentes sobre el T-MEC: de la 22 a la 24

19 julio, 2020
América del Norte
The Ministry of Economy published a list of 64 frequently asked questions about the Treaty between Mexico, the United States and Canada (USMCA).

La Secretaría de Economía publicó una lista de 64 preguntas frecuentes sobre el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

En el T-MEC, se consolida el nivel actual de apertura a la inversión extranjera existente en cada Parte. Asimismo, se establecen disciplinas para proteger a las inversiones.

En materia del procedimiento de solución de controversias inversionista-Estado, se establecen dos tipos de protección:

Procedimiento aplicable a todos los sectores

Los inversionistas de cualquier sector podrán recurrir a un procedimiento arbitral en caso de violaciones de las siguientes disciplinas: Trato Nacional (únicamente post-establecimiento); Trato de Nación Más Favorecida (Sólo post- establecimiento) y expropiación directa.

Cualquier violación a las demás disciplinas previstas en el Capítulo de Inversión podrá recurrirse en el procedimiento de solución de controversias Estado-Estado.

Para poder recurrir a este mecanismo, los inversionistas deberán de dejar transcurrir 30 meses a partir de que hayan iniciado un procedimiento judicial ante los tribunales del Estado receptor de la inversión.

Procedimiento para sectores estratégicos

Se establece un mecanismo inversionista-Estado tradicional, al que podrán recurrir los siguientes cinco sectores por violaciones a cualquier disposición prevista en el Capítulo de inversión (incluido expropiación indirecta y nivel mínimo de trato): energía, generación de electricidad, transporte, telecomunicaciones e infraestructura.

T-MEC y límites

Para poder recurrir al mecanismo, el inversionista deberá contar con un contrato firmado por las autoridades del Estado receptor de la Inversión (“covered government contract”, según se define en el capítulo), firmado con las autoridades del Estado receptor de la inversión. El contrato únicamente es la “llave de acceso” al arbitraje.

Las disposiciones del propio contrato no podrán ser arbitrales al amparo del T-MEC.

Una vez que el inversionista cuente con un contrato para efectuar una determinada actividad, podrá llevar al inversionista-Estado violaciones a cualesquiera otras actividades aun cuando éstas no hayan sido formalizadas a través de un contrato.

Por lo que respecta a Canadá, se acordó que el mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado no aplicará para esta nación.

Estas son las preguntas de la 22 a la 24 sobre el T-MEC, respondidas por la Secretaría de Economía:

  1. ¿El mecanismo de arbitraje se actualizó incorporando nuevas disciplinas en el T-MEC, cuáles fueron?

  • Las que favorecen la transparencia del procedimiento arbitral, tanto en las actuaciones escritas como orales.
  • Las que permiten la aplicación de las más recientes reglas de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL, por sus siglas en inglés).
  • Las que prevén la emisión de un proyecto del laudo arbitral para dar oportunidad a las partes a que presenten comentarios.
  • Las que incorporan reglas de ética que los árbitros deberán observar, procedimientos más expeditos para dirimir cuestiones de jurisdicción, reglas para la participación de partes no contendientes, así como para la terminación del arbitraje por inactividad procesal.
  1. ¿Qué tipo de disposiciones se incluyeron en el Capítulo 15 de Comercio Transfronterizo de Servicios del T-MEC?

  • Se incluyen los principios aplicables al comercio de servicios: Trato Nacional, Trato de Nación Más Favorecida, Acceso a Mercados (disposición que prohíbe la imposición de limitaciones cuantitativas, de pruebas de necesidad económica) y Presencia Local (disposición que evita la obligación de establecer o mantener una oficina de representación o una empresa en un respectivo territorio como condición para el suministro transfronterizo de un servicio).
  • Prevé que cualquier medida que se establezca y afecte el comercio de servicios se administre en una forma razonable, objetiva e imparcial.
  • Busca apoyar el desarrollo del comercio de servicios para beneficio de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs).
  • Establece que las transferencias y pagos vinculados al suministro transfronterizo de un servicio se efectúen libremente y sin demora
  1. ¿Qué tipo de disposiciones contiene el Capítulo 16 de Entrada Temporal de Personas de Negocios del T-MEC?

  • En materia de transparencia, procesamiento de solicitudes y cooperación entre las Partes a fin de permitir la movilidad temporal de personas de negocios en las siguientes categorías de conformidad con el Anexo 16-A: a) Visitantes de Negocios b) Comerciantes e Inversionistas c) Transferencias Intra-Corporativas d) Profesionales.
  • Establece compromisos para que las personas que ingresen al territorio de las Partes bajo las mencionadas categorías, cumplan con la legislación aplicable en cada una de las Partes, a fin de poder ofrecer sus servicios profesionales.
  • Existe el compromiso de poner a disposición del público, material explicativo sobre los requisitos para la entrada temporal de personas de negocios de conformidad con lo señalado en el Capítulo.
  • Establece un Grupo de Trabajo con los siguientes objetivos: 1) dar seguimiento a la implementación del capítulo; 2) impulsar medidas que propicien la entrada temporal de personas de negocios; 3) proponer modificaciones o adiciones al capítulo; y 4) atender asuntos de interés común.

 

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