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El Index desaprueba propuesta de cobro del IVA a empresas IMMEX

25 febrero, 2025
Industria
Index desaprova a proposta de cobrar IVA das empresas IMMEX

El Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index) cuestionó la intención del gobierno de México respecto a un cobro del IVA relacionado a las empresas IMMEX.

“Expresamos un extrañamiento ante la propuesta de doble medida recaudatoria por parte del SAT y que será analizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a partir del próximo jueves 27 de febrero”, dijo el Index. 

Index

Para entender este caso, Luis Mancera, socio de Pérez-Llorca que lidera las áreas de Administrativo y Comercio Exterior, y Félix Ponce-Nava, consejero de Pérez-Llorca en el área de Comercio Exterior, explicaron que el debate en la SCJN sobre el sector maquilador y el Programa IMMEX se inscribe en una discusión más amplia sobre el equilibrio entre la política pública de promoción del comercio exterior y la sostenibilidad fiscal del país. 

Según ellos, México enfrenta un doble desafío: consolidarse como socio estratégico de Estados Unidos y diversificar sus exportaciones, mientras resuelve la fragilidad de su base gravable. 

La informalidad en varios sectores no incluidos en la base de contribuyentes limita la capacidad de recaudación del SAT y lo obliga a buscar ingresos adicionales a través de medidas coyunturales que, en ocasiones, “entran en conflicto” con las políticas de fomento a la inversión y al sector maquilador. 

“Esta disonancia genera incertidumbre, ya que el cambio en las reglas del juego en aspectos fiscales con efectos retroactivos afectan la estabilidad económica y seguridad jurídica de las empresas, y puede minar la competitividad de México en la cadena global de suministro”, dijeron. 

Cobro IVA

En un comunicado de prensa, el Index dijo que ha sido un gran impulsor de la creación de la regla del SAT para operaciones virtuales con clave V5. 

El SAT ha manifestado que las empresas maquiladoras utilizan de manera indebida las operaciones virtuales con clave V5 para evitar el pago del IVA, pues, a su consideración, se estaría haciendo una simulación de retorno de las mercancías que se encuentran en territorio nacional en perjuicio de la autoridad fiscal.

El SAT estimó que estas operaciones totalizaron 279,000 millones de pesos entre 2019 y 2023, sobre los cuales pretende cobrar a las empresas IMMEX 44,640 millones de impuestos que, según su criterio, no retuvieron.

“Consideramos difícil de concebir que legalmente, la Ficción Jurídica no tenga plenos efectos legales -incluyendo los fiscales- pues la piedra toral de la facilidad contenida en la Regla radica en que jurídicamente la mercancía exportada virtualmente se encuentra en todo momento fuera del territorio nacional hasta que es introducida o importada en forma definitiva por los importadores que utilizan el pedimento con clave V5”, dijo el Index. 

Como antecedente, el 5 de octubre de 2023, la Sala Regional Centro-Norte del Tribunal de Justicia Administrativa estableció un criterio jurisprudencial vinculante, determinando que no existe obligación de retener el IVA en la adquisición de bienes importados vendidos por un residente extranjero sin establecimiento permanente en México, cuando se utiliza un pedimento con clave V5. 

Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó el 23 de febrero de 2024 una resolución favorable a la naturaleza de las operaciones virtuales, declarando que dichas ventas deben considerarse realizadas fuera de México, por lo que la obligación de retener IVA a un residente extranjero sin establecimiento permanente en México no es aplicable a las operaciones de exportación virtual con pedimentos V5.

Controversia

“Desafortunadamente, lo que originalmente fue creado para evitar sacar o retornar mercancías producidas por las maquiladoras al extranjero (Estados Unidos), para inmediatamente volver a importar una parcialidad para el consumo en México, terminó por convertirse en un mecanismo que algunos auditores del SAT pretendieron aprovechar con diferentes criterios para utilizar este mecanismo de pedimentos V5 como una medida super recaudatoria, cobrando el IVA dos veces”, añadió el Index. 

En opinión del Index, la propia Ley del IVA apoya este precepto, de no cobrar dos veces el IVA, cuando dice (segundo párrafo del artículo 1-A de la Ley del IVA): “No efectuarán la retención [por enajenación] a que se refiere este artículo las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes”. 

Así que los importadores virtuales de pedimentos con clave V5 están obligados exclusivamente al pago del IVA por la importación. 

“Claramente este párrafo de la Ley del IVA de manera JUSTA manda el NO DOBLE pago del IVA. En otras palabras, si lo pagas en la importación no lo pagas en la enajenación. El espíritu de la Ley del IVA (2º párrafo, Art. 1-A) y la intención del legislador es clara, simple, justa y razonable. Hacemos votos porque la Suprema Corte honre el espíritu de la ley… No cobrar doble IVA”, dijo el Index.