El presidente estadounidense, Donald Trump, mostró una vez más sus intenciones de cancelar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
“Pienso que el TLCAN tiene que ser cancelado si queremos hacerlo bueno para nosotros. De otra forma no creo que podamos negociar un buen acuerdo”, dijo Trump en una entrevista publicada este martes por la revista estadounidense Forbes.
“El Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) hubiera sido una versión a gran escala del TLCAN. Hubiera sido un desastre. Es un gran honor, un gran logro yo considero, haberlo detenido. Y hay mucha gente que está de acuerdo conmigo. Yo prefiero acuerdos bilaterales”, agregó Trump en la entrevista.
El TLCAN entró en operación en enero de 1994, fecha a partir de la cual los tres países iniciaron un proceso de 14 años para eliminar gradualmente miles de barreras con miras a tener una integración regional.
En el caso de que el presidente Trump decidiera sacar a Estados Unidos del TLCAN, la última palabra la tendría el Poder Judicial de ese país, concluyó una investigación del Congreso estadounidense.
Es probable, de acuerdo con el análisis, que el presidente Trump carezca de la autoridad para terminar el efecto doméstico de los estatutos federales que implementan el TLCAN sin pasar por el proceso legislativo para su derogación.
La práctica histórica apoya este punto de vista. El TLCAN reemplazó, en gran medida, el anterior Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Canadá (CUSFTA, por su sigla en inglés). Cuando el Congreso aprobó el TLCAN, enmendó la ley de implementación del CUSFTA para suspender ciertas disposiciones de la ley, mientras permitió que otras continuaran operando.
Sin embargo, el presidente Trump podría argumentar que aplicaría enmiendas al TLC sin aprobación del Congreso, porque tales enmiendas no requieren cambios a la ley estatal de Estados Unidos. En ese caso, la promulgación por parte del Congreso de una resolución que expresara su oposición al acuerdo podría hacer que un tribunal se abstuviera de dar efecto legal al acuerdo de Trump.
Otra vertiente, de conformidad con analistas estadounidenses, está en que si Trump invoca la Sección 125 de la Ley de Comercio de 1974, podría permitir que exportadores, consumidores o legisladores estadounidenses demandaran esta acción, dejando el caso a los tribunales.
El argumento se funda en que la Sección 125 otorga al Presidente el poder de retirarse de los acuerdos comerciales, siempre y cuando celebre una audiencia pública sobre el asunto, de modo que no sea «contrario al interés público».