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¿Cuál es el alcance de la Sección 301 en la guerra comercial?

2 agosto, 2018
América del Norte

El complejo marco legal que rige las investigaciones de la Sección 301 se basa en la Sección 301 a 310 de la Ley de Comercio de 1974 de Estados Unidos, a través del cual Estados Unidos está basando jurídicamente su guerra comercial con China.

La Sección 301 define dos tipos de acción ejecutiva -obligatoria o discrecional- que pueden resultar de las investigaciones de la Sección 301.

Bajo la Sección 301 (a) -la disposición de «acción obligatoria»- la Representación Comercial de la Casa Blanca (USTR, por su sigla en inglés) debe tomar medidas según lo especificado por el estatuto, sujeto a ciertas excepciones, si determina que:

  1. «Los derechos de los Estados Unidos bajo cualquier acuerdo comercial están siendo denegados,
  2. «Un acto, política o práctica de un país extranjero… viola o es incompatible con las disposiciones de, o de otra forma niega beneficios a Estados Unidos en virtud de cualquier acuerdo comercial.
  3. «Un acto, política o práctica de un país extranjero… es injustificable «(definido en el sentido de conducta que» está en violación de, o incompatible con, los derechos legales internacionales de los Estados Unidos «) y carga o restringe el comercio de Estados Unidos.»

Por lo tanto, la disposición de acción obligatoria generalmente se aplica en el contexto de una disposición de acuerdo comercial, o cuando la conducta de un país extranjero viola o es incompatible con los derechos legales internacionales (que probablemente sean el producto de un acuerdo comercial).

Por el contrario, bajo la Sección 301 (b) -la disposición de «acción discrecional», la USTR puede tomar ciertas medidas enumeradas en el estatuto si determina que: «Un acto, política o práctica de un país extranjero no es razonable o discriminatorio y carga o restringe el comercio de los Estados Unidos, y… la acción de los Estados Unidos es apropiada».

El estatuto especifica además que la conducta «no es razonable si el acto, política o práctica, aunque no necesariamente en violación de, o incompatible con, los derechos legales internacionales de los Estados Unidos, es por otra parte injusta e inequitativa».

Por lo tanto, la acción discrecional disposición puede operar fuera del contexto de un acuerdo comercial o establecer «derechos legales internacionales». La conducta es discriminatoria bajo el estatuto cuando «cualquier acto, política y práctica… niega el trato nacional o de nación más favorecida a los bienes, servicios o inversiones de los Estados Unidos» («trato de nación más favorecida» es un compromiso de los socios comerciales de tratar los bienes de otro país de manera no menos favorable que los bienes nacionales o el productos de otros países con acuerdos comerciales).

 

 

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