México incrementó los aranceles a ciertos productos de acero, tras detectar un aumento súbito en las importaciones de los mismos.
Se trata de las fracciones arancelarias 7207.12.01, 7207.12.99 y 7224.90.02, en las cuales se clasifican el planchón de acero sin alear y de acero aleado, productos que estaban exentos y a los que se les fijó ahora un arancel de 15 por ciento.
Los cambios se publicaron este viernes en un Decreto en el Diario Oficial de la Federación y entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación.
El gobierno de México ha modificado desde 2015 la tarifa arancelaria con objetico de aumentar temporalmente el arancel de importación de 97 fracciones arancelarias que corresponden a mercancías del sector siderúrgico con un nivel arancelario similar al que han empleado otros países.
Entre esos productos protegidos están los relacionados con planchón, lo anterior con el fin de hacer frente a la crisis que enfrenta el mercado internacional del sector acerero provocada por la reducción en el crecimiento de la demanda, la sobrecapacidad mundial de producción y el incremento de las importaciones realizadas mediante prácticas desleales de comercio.
Asimismo, mediante Decreto publicado el 5 de junio de 2018, se modificó la tarifa para establecer un aumento del impuesto general de importación para 186 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos de las familias de placa en hoja, placa en rollo, lámina rolada en frío, laminada rolada en caliente, alambrón, tubos sin costura, tubos con costura, lámina recubierta, varilla y perfiles.
Lo anterior, según el gobierno, toda vez que persiste la ausencia de condiciones para una competencia sana entre las industrias siderúrgicas de diferentes países, aunado al incremento de las tasas arancelarias en la importación de productos de acero y aluminio, implementadas por Estados Unidos.
En el este último decreto no se incluyeron las fracciones arancelarias 7207.12.01, 7207.12.99 y 7224.90.02, en las cuales se clasifican el planchón de acero sin alear y de acero aleado, toda vez que registraron bajos niveles de importación mientras se encontraban sujetas al aumento del arancel temporal impuesto mediante los instrumentos.
Sin embargo, del seguimiento a las operaciones de importación realizadas una vez concluida dicha medida, se ha observado un incremento de las mismas, en más de 150%, provenientes de países con los cuales México no cuenta con un tratado comercial.
“En virtud de que el incremento del arancel demostró, tener un impacto positivo en la redistribución de los países originarios de donde se importan los productos de acero a México, resulta urgente y necesario establecer un aumento temporal del impuesto general de importación, por un periodo que permita monitorear su comercio, para las fracciones arancelarias mencionadas, correspondientes a planchón de acero sin alear y de acero aleado”, dice el decreto.