La Unión Europea propuso aumentar los niveles de transparencia sobre los subsidios que gastan los miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
“La falta de información exhaustiva sobre las subvenciones proporcionadas por los Miembros es una de las mayores deficiencias en la aplicación del sistema actual”, dijo, en un documento sobre la modernización de la OMC difundido este martes.
Aunque el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (Acuerdo SMC) de la Organización ya exige que los Miembros notifiquen sus subvenciones, el nivel de cumplimiento es bajo y se ha deteriorado en los últimos años, hasta el punto de que a fines de marzo de 2018 más de la mitad de los miembros (90 miembros) no habían hecho ninguna notificación.
Sin embargo, enfatizó la Unión Europea, sin transparencia en los subsidios, los Miembros no pueden revisar las acciones de los demás y se enfrentan a obstáculos significativos para buscar el cumplimiento de las reglas. Esto debilita en gran medida el valor de las disciplinas sustantivas.
Por ello, planteó que la reglamentación en este ámbito debe centrarse en la creación de incentivos para que los Miembros de la OMC cumplan plenamente sus obligaciones de notificación.
La Unión Europea ya ha identificado formas de mejorar la transparencia y las notificaciones de subvenciones, por ejemplo, la creación de una presunción refutable general según la cual, si una subvención no se notifica o no se notifica, se presumirá que es una subvención o incluso se presumirá ser una subvención que causa un perjuicio grave.
Medidas contra subsidios
El Acuerdo SMC trata dos cuestiones distintas pero íntimamente relacionadas: las disciplinas multilaterales que rigen la concesión de subvenciones, y la aplicación de medidas compensatorias para neutralizar el daño causado por las importaciones subvencionadas.
Las disciplinas multilaterales son las normas en virtud de las cuales se determina si un Miembro puede o no conceder una subvención. Puede exigirse el cumplimiento de esas disciplinas recurriendo al mecanismo de solución de diferencias de la OMC. Los derechos compensatorios constituyen un instrumento unilateral que los Miembros pueden aplicar tras haber investigado y determinado que se cumplen los criterios establecidos en el Acuerdo SMC.