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México y Argentina fijan reglas para exportaciones de autos

16 abril, 2019
Oportunidades de Negocio
A través de su participación en el Mercosur, Argentina suscribió en septiembre de 2002, un acuerdo (ACE 55) con México con el fin de crear eventualmente una zona de libre comercio para el sector automotor. Through its participation in Mercosur, Argentina signed an agreement (ACE 55) with Mexico in September 2002 in order to eventually create a free trade zone for the automotive sector.

Tras acordar México y Argentina mantener cupos en el comercio de autos, la Secretaría de Economía dio a conocer los volúmenes cupos para exportar vehículos mexicanos hacia Argentina bajo las reglas del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE 55).

En lo que se refiere al comercio México-Argentina al amparo de ese acuerdo comercial, ambos países acordaron continuar, en los siguientes tres años, un comercio con base en cupos tal como se decidió en 2011 y 2015.

A partir del 19 de marzo de 2019, el cupo en el comercio de autos entre México y Argentina tendrá un incremento anual de 10% el primer año, 5% el segundo año y 5% el tercer año.

Una vez concluido este periodo de transición, el libre comercio en autos entrará en vigor al mismo tiempo que la ampliación y profundización del ACE 6 México-Argentina.

Los dos países se otorgarán de forma recíproca un arancel de cero a las cuotas de exportación de vehículos anuales de conformidad con la siguiente tabla:

  • Del 19 de marzo de 2019 hasta el 18 de marzo de 2020: exportación de vehículos libres de arancel hasta por 701 millones 247,690 dólares.
  • Del 19 de marzo de 2020 hasta el 18 de marzo de 2021: exportación de vehículos libres de arancel hasta por 736 millones 310,075 dólares.
  • Finalmente, del 19 de marzo de 2021 hasta el 18 de marzo de 2022: exportación de vehículos libres de arancel por un valor de 773 millones 125,578 dólares.

La Secretaría de Economía indicó que sin perjuicio de la asignación del cupo establecido en este acuerdo que reciban las exportadoras para un periodo determinado, una parte podrá asignar un cupo adicional con la preferencia plena equivalente a los valores exportados por la otra parte.

Contenido regional

La regla de origen para este acuerdo, es decir, el Valor del Contenido Regional (VCR) de los vehículos comercializados entre ambos países, será de 35% del 19 de marzo de 2019 y hasta el establecimiento del libre comercio de los vehículos. A partir del libre comercio, subirá a 40 por ciento.

El VCR es un porcentaje que indica en qué medida una mercancía ha sido producida en la región local del productor. El origen de los componentes o materiales de la mercancía, la ubicación de la producción de ésta y otros factores influyen en dicho porcentaje.

En general, las reglas de origen se refieren al criterio pactado en un acuerdo comercial para definir cuándo un bien es considerado originario (por su nivel de contenido regional) para gozar de las preferencias arancelarias.

Ambos países acordarán a más tardar el 19 de marzo de 2020 la fórmula a utilizar para calcular el Índice de Contenido Regional.

En el caso de las autopartes, los combinados con grabador o reproductor de sonido, únicamente para uso automotriz, deberán cumplir con un contenido regional de 20%; las cajas de cambio, 20%; los ejes con diferencial, incluso provistos con otros órganos de transmisión, 18 por ciento.

Las modificaciones al ACE 55 surten efecto el 19 de marzo de 2019.

 

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