25 de Noviembre, 2024

Portada » TLCAN: First Majestic inicia caso contra M?xico por inversiones

TLCAN: First Majestic inicia caso contra México por inversiones

2 marzo, 2021
Inversiones
Under the NAFTA, First Majestic started a case against Mexico for damages on its investments.

En el marco del TLCAN, First Majestic comenzó un caso contra México por afectaciones en sus inversiones.

La compañía se dedica a la producción, desarrollo, exploración y adquisición de propiedades minerales con un enfoque en la producción de plata en México.

Fisrt Majestic posee y opera tres minas productoras en México:

  • Mina de oro/plata San Dimas en el estado de Durango.
  • La Mina de Oro/Plata Santa Elena en el Estado de Sonora.
  • Mina de Plata La Encantada en el Estado de Coahuila.

Ya la empresa presentó una Solicitud de Arbitraje al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), por cuenta propia y por cuenta de Primero Empresa Minera (PEM), su subsidiaria en México.

Inversiones

En Capítulo 11 del TLCAN establece un mecanismo para la solución de controversias que asegura tanto un trato igual entre inversionistas de las partes, de acuerdo con el principio de reciprocidad internacional, como el debido proceso legal ante un tribunal imparcial.

Un inversionista de TLCAN que alegue que un gobierno anfitrión ha violado sus obligaciones de inversión podrá optar por uno de los siguientes mecanismos de arbitraje: El CIADI del Banco Mundial; las Reglas del Mecanismo Complementario del CIADI; y las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Derecho Mercantil Internacional (Reglas de CNUDMI).

También la empresa es propietaria de tres minas suspendidas temporalmente y una cuarta que está ahora bajo cuidado y mantenimiento:

  • Mina de Plata San Martín en el Estado de Jalisco.
  • Mina de Plata La Parrilla en el Estado de Durango.
  • La Mina de Plata Del Toro en el Estado de Zacatecas.
  • Mina de Plata La Guitarra en el Estado de México.

Fisrt Majestic

Además, posee dos proyectos de desarrollo de plata en etapa avanzada en México, el Proyecto de Plata La Luz en el Estado de San Luis Potosí y el Proyecto de Plata La Joya en el Estado de Durango, así como varios proyectos de exploración en México.

Hasta fines de marzo de 2020, la compañía también era propietaria del Proyecto de Plata Plomosas, un proyecto adicional de plata en etapa avanzada ubicado en el estado de Sinaloa.

Ahora este Proyecto de Plata de Plomosas ha sido adquirido por GR Silver Mining Ltd. a través de la compra de todas las acciones emitidas y en circulación de Minera La Rastra S.A. de C.V. que posee el 100% del Proyecto Plata Plomosas.

TLCAN

“A pesar de los repetidos intentos de la Compañía de alentar al Gobierno de México a entablar negociaciones de buena fe para resolver la disputa, el Gobierno se ha negado a participar”, dijo la empresa en un comunicado.

Según, First Majestic las acciones del Gobierno son contrarias a los términos del Acuerdo Anticipado de Precios, que estableció la metodología para determinar los ingresos e impuestos de PEM para los años fiscales 2010 a 2014 y que, de acuerdo con el abogado mexicano de la Compañía, sigue siendo válido de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación Mexicana a menos y hasta que sea anulado por un Tribunal de última instancia.

First Majestic ha instruido a su abogado de arbitraje internacional en Washington D.C., Arent Fox LLP, para iniciar el proceso bajo las reglas del CIADI para constituir un tribunal de arbitraje neutral e independiente para resolver la disputa bajo el Capítulo 11 del TLCAN con el Gobierno de México.

Se proyecta que la producción de sus minas estará entre 12.5 y 13.9 millones de onzas de plata o entre 20.6 y 22.9 millones de onzas de plata equivalentes en 2021.

T-MEC vs TLCAN

Vigente desde julio de 2020 y sustituto del TLCAN, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) eliminaría la solución de disputas entre inversionistas y estados (ISDS, por su sigla en inglés) para Canadá, después de la terminación del TLCAN.

Al mismo tiempo, mantiene el ISDS solo entre los Estados Unidos y México para los reclamantes con respecto a contratos gubernamentales en los sectores de petróleo, gas natural, generación de energía, infraestructura y telecomunicaciones; y conserva el ISDS entre Estados Unidos y México en otros sectores, siempre que el reclamante agote primero los recursos nacionales.

 

[themoneytizer id="51423-6"]