La Secretaría de Economía de México alista un cupo para importaciones de ciertos productos de carne de cerdo, por 10,000 toneladas.
El periodo del arancel-cupo será al 31 de diciembre de 2021.
Asimismo, los cupos serán nominativos, intransferibles e improrrogables.
Su vigencia será de 60 días naturales contados a partir de la fecha de expedición, o al 31 de diciembre de 2021, lo que ocurra primero.
Otro punto es que los saldos no ejercidos al término de la vigencia del certificado de cupo se integrarán al saldo del cupo para reasignarse durante el periodo de vigencia del cupo.
La información referente a la evolución de las solicitudes y autorizaciones a que se refiere este Acuerdo, se publicará en el apartado de Transparencia disponible en el portal electrónico del SNICE, en la página electrónica: https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/transparenciacomercioexterior. html
Los beneficiarios del cupo deberán presentar en un plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir de la fecha de su autorización, copia del conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, correspondiente al monto autorizado de lo contrario su certificado será cancelado.
Además, la Secretaría de Economía expedirá el certificado de cupo a más tardar en los dos días hábiles siguientes a la fecha de ingreso de la solicitud.
Carne de cerdo
El 24 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación:
- El Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
- EL Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles.
- También el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte.
- El Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial.
- Los diversos por los que se establecen aranceles-cupo.
Todo ello con el objeto, entre otros, de establecer el arancel-cupo aplicable a las fracciones arancelarias 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 y 0203.29.99, correspondiente a carne de cerdo, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía.
Inflación
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) de carne de cerdo empezó a presentar tasas de inflación mensual anualizada superiores a las observadas desde el 2017 (6.9% en abril de 2021) y una aceleración notoria en la inflación quincenal anualizada de la primera quincena de mayo de 2021, con una tasa de 12.7%, la más alta desde la segunda quincena de febrero de 2015.
Lo anterior debido principalmente a la reducción de la disponibilidad por un menor dinamismo en el crecimiento de la producción nacional y las importaciones, y un nivel record de exportaciones en el periodo enero-abril de 2021, así como presiones por el incremento del precio del maíz.
Para la Secretaría de Economía, es necesario ofrecer a la industria alimentaria nacional acceso a las mejores oportunidades disponibles en los mercados internacionales a fin de abatir costos y con ello propiciar su competitividad y mejores precios al consumidor final, por lo que es imprescindible establecer un nivel arancelario preferencial de importación para la carne de cerdo.