Tanto en el marco de los acuerdos internacionales como de las leyes comerciales nacionales de la mayoría de los países, las industrias nacionales tienen acceso a medidas comerciales correctivas cuando las importaciones son «objeto de dumping» o «subvencionadas» y esas importaciones causan daño, o una amenaza del mismo, a una rama de producción nacional.
Aunque existen diferencias en la forma en que se evalúan las medidas comerciales correctivas, dichas leyes tienen características comunes establecidas de acuerdo con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Medidas comerciales correctivas
El dumping implica exportar un producto a un precio inferior al que se vende el mismo producto o un producto similar en el mercado interno del exportador, o cuando los precios de exportación son inferiores a un valor que normalmente debe ser igual o superior al costo total de producción (incluidos los costos de ventas y marketing) más una cantidad razonable para obtener ganancias.
Por otra parte, las subvenciones de los gobiernos (incluidas, entre otras, las subvenciones y los préstamos a tipos de interés artificialmente bajos) son igualmente procesables en determinadas circunstancias.
Las medidas comerciales correctivas disponibles suelen ser (i) una orden de imposición de derechos antidumping cuando se constata la existencia de dumping y (ii) una orden de imposición de derechos compensatorios o un acuerdo de suspensión cuando se constata una subvención perjudicial.
Normalmente, el arancel es igual a la cantidad de dumping o subsidio que generalmente se impone al producto importado (excepto en la Unión Europea, donde se aplica la regla del arancel menor).
En consecuencia, según ArcelorMittal, esas órdenes y acuerdos de suspensión no impiden la importación de un producto, sino que requieren que el precio del producto sea a un nivel no objeto de dumping o sin el beneficio de subvenciones, o que el importador pague la diferencia entre ese producto objeto de dumping o subvencionado precio y el precio real al gobierno como un impuesto.
¿Qué es el dumping?
El dumping es, en general, una situación de discriminación internacional de precios: el precio de un producto, cuando se vende en el país importador, es inferior al precio a que se vende ese producto en el mercado del país exportador.
Así pues, de acuerdo con la OMC, en el más sencillo de los casos, el dumping se determina simplemente comparando los precios en dos mercados.
Ahora bien, en raras ocasiones es tan simple la situación, si es que lo es alguna vez, y en la mayoría de los casos es necesario emprender una serie de análisis complejos para determinar el precio apropiado en el mercado del país exportador (al que se llama “valor normal”) y el precio apropiado en el mercado del país importador (al que se llama “precio de exportación”) con el fin de poder realizar una comparación adecuada.