Debido a las operaciones a las que se dedican las instituciones Fintech, la regulación está orientada a sus actividades y a su operación meramente tecnológica.
Actualmente no se permite a las Fintech captar recursos del público, por lo que su regulación es más ligera.
De acuerdo con el gobierno de México, los bancos tienen autorización para captar recursos del público y operar con el sistema de pagos, es por esto que son regulados con los principios de protección al patrimonio de los usuarios y a la estabilidad financiera del país.
Dada su importancia sistémica, la regulación sigue en buena medida los principios establecidos en el marco de Basilea.
Las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) y otras instituciones, como los bancos, tienen regímenes regulatorios diferentes en virtud de que su naturaleza jurídica es distinta.
Instituciones Fintech
Sobre todo, las instituciones de banca múltiple y las instituciones de banca de desarrollo encuentran su regulación en la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) y en las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito (Circular Única de Bancos).
Estas regulaciones tienen por objeto regular el servicio de banca y crédito, la organización y funcionamiento de las instituciones de crédito, las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar y la protección de los intereses del público.
En este sentido, en el artículo 10 de la LIC y el 336 de la Circular Única de Bancos, se señalan los requisitos que deben de cumplirse para la organización y operación de una institución que, a su vez, debe de aprobar discrecionalmente la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y contando con la opinión favorable del Banco de México, en términos de lo dispuesto en el artículo 8° de la LIC.
Regulación
De la misma forma, dentro de estos dos instrumentos también es posible prever la transformación de las organizaciones o de su funcionamiento, así como su disolución.
Por otro lado, las ITFs se encuentran reguladas en la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, o Ley Fintech, y en disposiciones mencionadas en la primera pregunta, las cuales buscan establecer un marco general de autorización y operación supervisada a las ITF, imponiéndoles reglas prudenciales proporcionales a los riesgos que representan en distintas materias, como son aquellos financieros, operacionales, de mercado, tecnológicos (ciber-seguridad), gobierno corporativo y reglas de contabilidad.
En este sentido, difieren estas instituciones con las pertenecientes a la banca desde la manera en que deben constituirse, la autorización para operar, hasta las operaciones que pueden llevar a cabo.
El artículo 11 de la Ley Fintech determina que, para que una entidad pueda organizarse como ITF, debe de obtener una autorización de la CNBV, previo acuerdo del Comité Interinstitucional, es decir, la CNBV, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Banco de México.
Sobre esta línea, las dos figuras que operan en el mercado a través de esta regulación son las Instituciones de Financiamiento Colectivo o de crowdfunding y las Instituciones de Fondo de Pago Electrónico.