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AFAC: el mayor cambio en el sector aéreo de México

14 octubre, 2022
Aéreo
El principal cambio en el sector aéreo durante el último lustro ha sido la creación de una nueva autoridad aeronáutica para regular el sector, la AFAC. The main change in the airline industry over the last five years has been the creation of a new aviation authority to regulate the industry, the ACAA.

El principal cambio en el sector aéreo de México durante el último lustro ha sido la creación de una nueva autoridad aeronáutica para regular el sector, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), destacó un informe de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

En 2019 se creó la AFAC, que en 2021 sustituyó a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y asumió sus funciones.

La AFAC es un organismo desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) que tiene autonomía técnica, operativa y administrativa; la DGAC, al depender de la SICT, no gozaba de autonomía.

Ahora bien, la Ley de Aviación Civil de 1995, la Ley de Aeropuertos de 1995 y sus respectivos Reglamentos regulan el transporte aéreo en México, y no se han modificado sustancialmente desde 2017.

El servicio aéreo internacional está regulado por los acuerdos sobre servicios aéreos. No obstante, de no haber un acuerdo, el servicio se presta conforme al principio de reciprocidad.

Según datos de la OMC, México ha suscrito 55 acuerdos sobre servicios aéreos. Desde 2017, México ha firmado acuerdos con CurazaoEspañaFilipinasFinlandiaIslandiaIsrael y los Países Bajos; y ha revisado los acuerdos que tenía con Alemania, Canadá y El Salvador.

El objetivo de México al firmar y revisar estos acuerdos es aumentar el grado de apertura de los servicios aéreos para incrementar la conectividad y así el turismo.

Por lo general, México no otorga derechos de quinta libertad. No obstante, algunos de los acuerdos permiten que se concedan estos derechos siempre que la aerolínea así lo solicite y lo acuerde la autoridad aeronáutica de cada Parte.

AFAC

El cabotaje no está permitido. Sin embargo, por otro lado, según la Ley de Aviación Civil, tampoco se pueden operar vuelos privados de cabotaje. México restringe la participación extranjera en las compañías aéreas mexicanas que prestan servicios internacionales. El 51% del capital debe ser propiedad de mexicanos.

Para las compañías que operan vuelos solo en el territorio nacional, el tope de Inversión Extranjera Directa (IED) se incrementó de 25% a 49% en 2017. Según las autoridades, esto ha tenido un efecto positivo en la IED y ha permitido modernizar la flota aérea.

Las aerolíneas extranjeras requieren un permiso, emitido por la AFAC, para prestar servicios internacionales; y las aerolíneas mexicanas requieren una concesión (vuelos regulares) o un permiso (vuelos no regulares).

Mientras tanto, las tarifas de los servicios internacionales se registran ante la AFAC y, en algunos casos, también deben ser aprobadas.

Los servicios de gestión del tránsito aéreo y ayuda a la navegación aérea, los continúa prestando Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), un organismo estatal. México restringe aún la participación de capital extranjero en los aeropuertos.

 

Redacción Opportimes

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