Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial por la coalición Juntos Haremos Historia, propuso incrementar los salarios de los trabajadores mexicanos, haciendo referencia a quienes trabajan en las maquiladoras, como parte de un planteamiento en relación a la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
“No se puede pagar 800 pesos a la semana a los trabajadores de las maquilas, eso no es justo (…) Es muy bajo el salario de los empleados mexicanos, es de los más bajos del mundo y no puede haber un acuerdo comercial en donde los salarios de Estados Unidos son 10 veces superiores”, dijo durante su participación en la Asamblea de la Cámara Americana de Comercio (AmCham México).
“Si vamos a ser socios en lo económico, en lo comercial, también vamos a asociarnos para que haya justicia laboral”, agregó López Obrador.
La industria maquiladora surge en el año de 1964, tras la suspensión del programa bracero, con el objetivo de generar empleos para los mexicanos que se quedaron desempleados por la terminación de dicho programa. Así, desde su creación, hasta la fecha, la industria ha tenido diversas modificaciones fiscales, las cuales se han ido adaptando a las exigencias nacionales e internacionales del sector manufacturero.
El 1 de noviembre del 2006, el Gobierno Federal publicó el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto Immex), con el objetivo de fortalecer el sector exportador mexicano; este instrumento integró los programas para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación (Maquila) y el de Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación (Pitex), los cuales regían a las industrias maquiladoras y las que elaboraban artículos de exportación.
Con ello se buscó la simplificación de los trámites, requisitos y formatos relativos a la autorización, aplicación y reporte anual, y la creación de un entorno de mayor eficiencia para la actividad exportadora.
El Immex continúa operando. Las empresas acogidas a este Programa pueden importar temporalmente una serie de insumos, (como materias primas, partes y componentes; combustibles, lubricantes y otros materiales; envases y empaques; etiquetas y folletos; maquinaria, equipo y herramientas; y contenedores) para los cuales se benefician de una exención arancelaria y de la posibilidad de obtener un crédito fiscal del IVA y/o del IEPS y, en sus caso, de los derechos antidumping o compensatorios, siempre que esos insumos se utilicen para elaborar, transformar o reparar mercancías para luego ser exportadas o para prestar servicios relacionados con la exportación.
El Decreto Immex estipula el plazo durante el cual los insumos y bienes pueden ser importados temporalmente. Por ejemplo, ciertos combustibles, envases, empaques, etiquetas y folletos pueden permanecer hasta 18 meses en el territorio mexicano, los contenedores y cajas de tráilers pueden permanecer hasta dos años, y otros productos pueden ser importados durante el periodo de vigencia del Programa.
Asimismo, el Decreto contiene una lista de los productos sensibles, que no pueden ser importados al amparo del Immex, salvo en caso fortuito, de fuerza mayor o de abasto.