La Representación Comercial de Estados Unidos (USTR) describió una serie de barreras que aplican las aduanas de México a las importaciones mexicanas.
“México sigue proporcionando una notificación previa insuficiente de los cambios de procedimiento, una interpretación incoherente de los requisitos reglamentarios en los distintos puestos fronterizos y una aplicación desigual en la frontera de las normas y reglas de etiquetado mexicanas”, dijo la USTR en un reporte.
Todavía no se permite la importación a México de algunas mercancías en todos los puertos de entrada.
Según la USTR, la restricción de mercancías a determinados puertos ha dificultado a los exportadores estadounidenses la organización del transporte y la logística, especialmente en el caso de las compras de comercio electrónico de Pequeñas y medianas empresas (Pymes) exportadoras estadounidenses.
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) prohíbe limitar arbitrariamente el número de puertos en los que puede operar un agente aduanal.
Sin embargo, el Artículo 161 de la Ley Aduanera de México limita a un agente aduanal a operar en cuatro puertos si el agente no forma parte de una agencia aduanal.
Estados Unidos sigue instando a México a que modifique la ley para permitir a los agentes operar en cualquier puerto en el que el agente pueda desempeñar sus funciones.
También el T-MEC requiere que México implemente una opción de pago periódico para los envíos de entrega exprés, que aún no se ha desarrollado.
Además, para la entrega exprés, México sigue limitando el número de envíos que se pueden entregar a un solo destinatario por mes.
Barreras en las aduanas
El 1 de enero de 2022, México impuso a los servicios de transporte un nuevo requisito de «complemento» al requisito existente de carta de porte electrónica.
Cualquier envío transportado dentro de México por carreteras federales debe ir acompañado de un «complemento» de la hoja de ruta electrónica que contenga hasta 140 elementos de datos sobre el envío.
El requisito afecta a la mayoría de las importaciones desde su llegada a México hasta su destino final.
La reglamentación de este nuevo requisito no se publicó hasta el 24 de diciembre de 2021.
Sin embargo, México ha retrasado la aplicación cuatro veces desde que se impuso el requisito por primera vez, la última hasta el 1 de agosto de 2023.
Estados Unidos sigue vigilando la aplicación de este requisito por parte de México.