Productores, legisladores y representantes de los tres niveles de gobierno buscarán establecer la denominación de origen para el aguacate de Michoacán.
México ha otorgado protección a las siguientes denominaciones de origen: Ámbar de Chiapas, Arroz del Estado de Morelos, Bacanora, Tequila, Mezcal, Olinalá, Talavera, Café Veracruz, Sotol, Café Chiapas, Charanda, Cacao Grijalva, Mango Ataulfo del soconusco de Chiapas, Vainilla de Papantla, Yahualica y Chile habanero de la península de Yucatán.
La denominación de origen se trata de una de las figuras jurídicas de protección en materia de Propiedad Industrial en México. La autoridad encargada de protegerlas y regularlas es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Con esta, se protege productos que cuentan con características propias de una región, como son los factores naturales y humanos que determinen su calidad o características peculiares.
Bajo la ley, “se entiende por Denominación de Origen el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma y cuya calidad y características se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales y humanos”.
Ventajas y requisitos para la denominación de origen
Entre las ventajas de un producto con esta designación destaca el acceso de los mismos a los mercados nacionales e internacionales, dado que debe cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas que garantizan su calidad.
Las denominaciones de origen distinguen a los productos nacionales en el mercado global, y les da valor agregado por prestigio y distinción, lo que redunda en la preferencia del público consumidor.
En la solicitud de declaración de protección de una denominación de origen se deben exponer, además de los criterios geográficos, una descripción detallada del o los productos, incluyendo sus características, componentes, forma de extracción, procesos de producción o elaboración y su uso en el comercio; así como los criterios sobre características y especificaciones que deberá cumplir el producto para su producción, envasado y comercialización sus modos de empaque, embalaje o envasamiento y los que considere adecuados el solicitante.