La factura electrónica con complemento Carta Porte entró en vigor el 1 de enero de 2022. No obstante, en razón de un gradual proceso de incorporación por parte de algunos usuarios, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que el periodo de transición para emitirla sin sanciones se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2022. Facturama te permite emitir la carta porte de manera fácil, pues, en México, las empresas que se encargan de logística de cargas deben tener en regla la documentación pertinente para mover productos en lote de un punto a otro.
¿Qué es la carta porte?
Es un documento fiscal digital que se obtiene con la finalidad de amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.
El objetivo del Complemento Carta Porte es acreditar la posesión de los bienes y aportar los datos sobre su procedencia y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan. Te invitamos a que generes este documento desde Facturama, uno de los proveedores de facturas electrónicas con más trayectoria en el país
El complemento Carta Porte es un documento que para el año 2022 pasará de papel a digital y se usa para:
· Registrar información del transportista, del dueño de la mercancía, de los bienes o mercancías, del medio y modo de transporte.
· Permite a las autoridades competentes identificar de manera más fácil a los operadores, así como los medios de transporte a través de los cuales se realiza el traslado de los bienes o mercancías en territorio nacional.
· Sirve para acreditar la legal estancia o tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan en territorio nacional.
· Se emite cuando se realiza el servicio de traslado de los bienes o mercancías, ya sea con medios propios o contratando un transportista.
Cabe destacar que las empresas o personas que trasladen bienes y/o mercancías de manera local que usen vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo «C2», conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017, no están obligados a emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con complemento Carta Porte, siempre que en los trayectos no se transite por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros.
Asimismo, el SAT destaca que solo las autoridades federales son las facultadas para requerir el complemento Carta Porte; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.
¿Quién debe emitir la Carta Porte?
· Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías utilizando sus vehículos, deberán emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
· Si eres dueño de los vehículos y de los bienes y/o mercancías que se transportan en ellos, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
· El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de los bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte cuando el traslado lo realice por medios propios.
· En caso de que este no lo haga con sus propios vehículos y contrate el servicio con un tercero este último será el obligado a emitir la factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
Existen empresas que pueden ayúdate en el proceso como Facturama, que brinda servicios de facturación electrónica de una manera fácil y sencilla
Que es Facturama: es la plataforma encargada de dar servicio más de 20 mil Pymes y startups para mantener un mejor control de sus finanzas a través del manejo electrónico de facturas, declaración fiscal y otros servicios administrativos.
¿Cómo emitir Carta Porte?
Para el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte debes seguir estos pasos:
· Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.
· El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.
· Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.
· Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
· Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
· La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
· Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.
Puedes hacerlo de una manera fácil con Facturama, con nuestros asesores que te guiaran de inicio a fin, para realizar el trámite además de añadir los complementos a tu sistema de Facturama, carta de porte.
Para el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte debes seguir estos pasos:
· El propietario, intermediario o agente de transporte, requiere trasladar bienes o mercancías.
· Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
· Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.
· La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
· Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.
¿Qué pasa si no tengo Carta Porte?
Recibirás una multa por cada factura electrónica de tipo ingreso o traslado que emitas sin complemento Carta Porte, pues estarías cometiendo una infracción que tiene como consecuencia una sanción que va de $400.00 a $600.00.