El contenido nacional para asignaciones y contratos de petróleo en México quedaron establecidos en un intervalo de entre 3 y 35%, informó la Secretaría de Economía.
De conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Hidrocarburos, en que se establece que los asignatarios y contratistas deberán cumplir individualmente y de forma progresiva con un porcentaje mínimo de contenido nacional que la Secretaría de Energía, con la opinión de la Secretaría de Economía, establezca en las Asignaciones y Contratos para la Exploración y Extracción, entre los meses de septiembre de 2016 y junio de 2017 se atendieron ocho solicitudes de opinión de la Secretaría de Energía respecto a los porcentajes mínimos de contenido nacional en Asignaciones, Migraciones y Áreas Contractuales.
Quedaron de la siguiente manera:
Ronda cero
- Opinión sobre 107 Asignaciones adjudicadas a Petróleos Mexicanos para exploración y/o extracción; ubicadas en campos terrestres, aguas someras y aguas profundas.
- Opinión sobre la Migración de tres Asignaciones a tres Contratos para exploración y/o extracción; ubicados en aguas someras y campos terrestres.
- Opinión sobre modificación de porcentajes de contenido nacional, para alinearlos a línea base, de cuatro asignaciones.
Ronda dos
- Tercera convocatoria: 15 Áreas Contractuales para exploración, ubicados en campos terrestres.
- Cuarta convocatoria: 103 Áreas Contractuales para exploración, 30 de ellas ubicadas en aguas profundas y 73 de ellas ubicadas en campos terrestres no convencionales.
Las opiniones de la Secretaría de Economía sobre los porcentajes mínimos de contenido nacional fueron las siguientes: