Corea del Sur puso en vigor un nuevo tratado de libre comercio (TLC) en promedio cada año, desde 2016, de acuerdo con datos de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
En general, siguió participando activamente en la OMC.
En octubre de 2019, Corea del Sur se comprometió a no buscar un trato especial y diferenciado para los países en desarrollo en las negociaciones en curso y futuras.
Así, durante los últimos cinco años, participó en siete diferencias en la OMC: cuatro como reclamante y tres como demandado.
Al mismo tiempo, Corea del Sur siguió buscando oportunidades de apertura de mercado a través de Acuerdos Comerciales Regionales (ACR o TLC).
Los ACR son acuerdos comerciales preferenciales recíprocos entre dos o más socios, constituyen una de las excepciones y están autorizados en el marco de la OMC, con sujeción a un conjunto de normas.
TLC
Durante el último quinquenio, Corea del Sur firmó el Acuerdo de Asociación Económica Integral Regional (RCEP), así como ACR con cinco países centroamericanos (en vigor a partir del 1 de marzo de 2021), el Reino Unido (en vigor a partir del 1 de enero de 2021), Israel e Indonesia.
Estos se sumaron a la extensa lista de sus ACR existentes con grandes bloques económicos y nuevos mercados emergentes (ASEAN, Acuerdo Comercial Asia-Pacífico (APTA), Australia, Canadá, Chile, China, Colombia, la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), la Unión Europea, India, Nueva Zelanda, Perú, Singapur, Turquía, Estados Unidos y Vietnam).
Política comercial
La agricultura sigue estando parcialmente cubierta y el arroz excluido de todos los ACR.
Corea del Sur ha mantenido su orientación general en materia de política comercial, que se ha mantenido relativamente sin cambios, aunque se hizo especial hincapié en las Pymes y la innovación.
Si bien no se ha llevado a cabo una liberalización unilateral, ha habido avances normativos o institucionales en determinadas áreas, incluida la facilitación del comercio, las medidas antidumping, el control de las exportaciones de bienes estratégicos, las empresas de repatriación/reubicación, las normas, los requisitos sanitarios y fitosanitarios, contratación pública, política de competencia y derechos de propiedad intelectual.
Las circunstancias del Covid-19 llevaron a la implementación de medidas temporales relacionadas con el comercio en ciertas áreas. Algunas medidas continúan protegiendo a los productores nacionales, especialmente a los agricultores, de la competencia extranjera.