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Crearán Centro de Logística para Petrolíferos

17 enero, 2019
Energía

El gobierno federal planea crear un Centro de Logística para la Distribución y Transporte de Petrolíferos como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía (Sener), dotado de autonomía técnica, operativa y de gestión.

De acuerdo con un anteproyecto emitido por la Sener y publicado por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), el propósito del centro es asegurar y vigilar el adecuado suministro y abasto de los mismos en México, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

El Centro de Logística para la Distribución y Transporte de Petrolíferos tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Establecer, coordinar, supervisar, dirigir y ejecutar estrategias operativas y de logística para la prestación eficiente de los servicios relacionados con su objeto.
  2. Implementar y supervisar sistemas de medición de flujo, calidad y control automatizado que se requieran, así como vigilar y evaluar el desempeño en la administración y operación de los almacenes y control de inventarios.
  3. Coordinar y supervisar la medición, control y participación volumétrica de los petrolíferos recibidos y entregados.
  4. Establecer estrategias y directrices de confiabilidad operacional de la infraestructura de almacenamiento, despacho y de gestión del mantenimiento respectivo, así como su ejecución, evaluación y cumplimiento.
  5. Administrar la planeación, evaluación y desarrollo de las actividades relacionadas con su objeto.
  6. Gestionar y, en su caso, celebrar los actos jurídicos relacionados directa o indirectamente con su objeto, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
  7. Entregar a la Secretaría de Energía informes periódicos relativos a las actividades relacionadas con su objeto, así como informes de carácter extraordinario que la propia Secretaría le solicite.
  8. Establecer mecanismos de coordinación para la atención de posibles contingencias y emergencias derivadas de la ejecución de las actividades relacionadas con su objeto.
  9. Supervisar la aplicación de las estrategias, directrices, políticas, normas, planes, programas, procedimientos y sistemas de seguridad, salud en el trabajo, protección ambiental, así como estándares de desarrollo sustentable aplicables, en sus instalaciones y servicios prestados y, en su caso, proponer acciones de mejora.
  10. Las demás que se establezcan en las disposiciones jurídicas aplicables o que le encomiende el titular de la Secretaría de Energía.

 

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