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Crece 15.6% comercio bilateral de la Alianza del Pacífico

27 agosto, 2019
Global
México presidió la Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífico que se llevó a cabo este viernes en Lima, Perú. Mexico chaired the Meeting of the High Level Group (HLG) of the Pacific Alliance held this Friday in Lima, Peru.

De 2015 a 2018, el comercio bilateral de los integrantes de la Alianza del Pacífico se incrementó 15.6%, pasando de 9,679 a 11,188 millones de dólares, según datos de la Secretaría de Economía.

En la Declaración Presidencial de Lima de abril de 2011, firmada por los Presidentes de Chile, Colombia, México, Panamá y el Perú, se establecieron los objetivos de la Alianza del Pacífico, a saber, el establecimiento progresivo de un área de integración profunda, con libre circulación de bienes, servicios capitales y personas, en la región del Pacífico Latinoamericano.

Sin embargo, antes de la Declaración de Lima, estaban ya en vigor varios acuerdos comerciales bilaterales entre esos países que abarcaban el comercio de bienes y servicios y las inversiones.

Interlocutores comerciales de la Alianza del Pacífico-ACR bilaterales en vigor

El Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico fue firmado el 6 de junio de 2012 por Colombia, Chile, México y el Perú, y entró en vigor el 20 de julio de 2015.

Luego, el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, por el que se establece una zona de libre comercio y se prevé el régimen de trato preferencial, se firmó el 10 de febrero de 2014 y entró en vigor el 1º de mayo de 2016, una vez ultimados los procedimientos de ratificación de las Partes.

El siguiente gráfico muestra la liberalización adicional prevista en el Protocolo, en comparación con la proporción de líneas que están libres de derechos en régimen NMF y en el contexto de los ACR preferenciales vigentes.

Al final del período de aplicación, la liberalización adicional será mayor entre el Perú y México. En cambio, no se observará liberalización adicional en el comercio entre Colombia y el Perú, ni en las importaciones de Chile procedentes de Colombia y del Perú y las importaciones de México procedentes del Perú.

Liberalización arancelaria en el marco del Protocolo, en régimen NMF y en virtud de ACR bilaterales

 

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