El aumento de las medidas administrativas arancelarias y no arancelarias continuó en 2018, de acuerdo con el Banco de Desarrollo de Asia.
Los nuevos aranceles impuestos pueden reducir el comercio y dañar las exportaciones y las cadenas globales de valor.
Sin embargo, no todas las medidas no arancelarias están destinadas a impedir el comercio.
Algunos tienen propósitos legítimos, como medidas sanitarias y fitosanitarias que protegen la seguridad alimentaria de los consumidores y previenen o limitan la propagación de plagas y enfermedades entre las plantas y los animales.
Los derechos antidumping siguen siendo el recurso comercial más utilizado a nivel mundial contra los exportadores de Asia.
Definiciones
Además de los aranceles, hay varias medidas no arancelarias que pueden restringir también o incluso impedir el acceso de las mercancías a los mercados, algunas de las cuales pueden ser establecidas y mantenidas legítimamente por los Miembros, siempre que se apliquen de manera compatible con la Organización Mundial de Comercio (OMC).
No existe una definición convenida de lo que constituye una «medida no arancelaria» o un «obstáculo no arancelario», y tampoco hay uniformidad sobre la utilización de ambos términos en el pasado.
Aunque los dos se utilizan indistintamente con frecuencia, en el presente curso se da preferencia al término «medida no arancelaria».
Si bien la aplicación de medidas no arancelarias no siempre restringe el comercio, con frecuencia se traduce en restricciones innecesarias u obstáculos indebidos, lo que explica la utilización del término «obstáculo no arancelario».
El tipo de medidas comprendidas en estos términos varía considerablemente e incluye todas las medidas distintas de los aranceles que pueden tener repercusiones en el comercio de mercancías. Entre las medidas abarcadas por los Acuerdos de la OMC cabe mencionar las siguientes: restricciones cuantitativas (por ejemplo, contingentes) y otras medidas no arancelarias (por ejemplo, falta de transparencia en la reglamentación comercial, aplicación arbitraria de las reglamentaciones comerciales, formalidades aduaneras, obstáculos técnicos al comercio y prácticas de valoración en aduana).