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El T-MEC impacta a las aduanas de México

26 diciembre, 2018
Global

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el cual se espera que entre en vigor en 2020 una vez ratificado, tendrá impactos importantes en las aduanas de la región.

El nuevo capítulo sobre procedimientos aduaneros incluye disposiciones sobre certificados de origen, administración y cumplimiento, y regulación y cooperación aduanera.

Las negociaciones del TLCAN, que sería sustituido por el T-MEC, incluyen el comercio de bienes; medidas sanitarias y fitosanitarias; aduanas, facilitación del comercio y normas de origen; barreras técnicas al comercio; buenas prácticas regulatorias; comercio de servicios, incluidos servicios de telecomunicaciones y servicios financieros; comercio digital de bienes y servicios y flujos de datos transfronterizos, e inversión.

También comprenden propiedad intelectual; equidad procesal para productos farmacéuticos y dispositivos médicos; empresas estatales y controladas por el Estado; la política de competencia; labor; ambiente; anti corrupcion; remedios comerciales; compras del Gobierno; pequeñas y medianas empresas; solución de controversias, y moneda.

Una novedad es que el tratado, por primera, vez regulará el comercio digital y elevará el nivel para realizar los envíos rápidos.

México aceptó aumentar de 50 a 100 dólares el valor general de envío, llamado de minimis, de las mercancías que pueden importarse por paquetería o comercio electrónico.

El gobierno del presidente Donald Trump había pedido que ese umbral fuera de 800 dólares para México y Canadá, nivel que se aplica en Estados Unidos.

Actualmente, el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) tiene un nivel más alto de minimis (300 dólares) que el que se aplica a empresas de transporte express (50 dólares), así como un proceso de despacho mucho más simple y expedito. En Canadá, la franquicia es de 20 dólares canadienses.

Temas vinculados a las aduanas

En el capítulo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), acordaron fortalecer las disciplinas en la materia, y al mismo tiempo garantizar que las Partes mantengan su derecho soberano de proteger la vida o la salud de las personas y los animales.

Las disposiciones incluyen una mayor transparencia en el desarrollo y la implementación de medidas sanitarias y fitosanitarias; avanzar en la toma de decisiones basadas en la ciencia; mejorar los procesos de certificación, regionalización y determinaciones de equivalencia; realizar auditorías basadas en sistemas; mejorar la transparencia para los controles de importación, y trabajar juntos para mejorar la compatibilidad de las medidas.

 

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