La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el aviso de inicio de una investigación para determinar la probable existencia de una concentración ilícita en el mercado de distribución y comercialización al mayoreo de productos farmacéuticos, de higiene y belleza personal en el territorio nacional.
Esta indagatoria, con número de expediente IO-001-2017, se inició de oficio el 27 de junio del año pasado, derivado de diversa información que reveló indicios para suponer la existencia de una operación entre empresas que puede resultar ilícita de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
Las concentraciones ilícitas son aquellas que tienen por objeto o efecto obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la libre concurrencia o la competencia económica.
Estas conductas podrían: conferir o aumentar el poder sustancial de un agente económico; desplazar a otros agentes económicos o establecer barreras a la entrada que impidan a terceros el acceso al mercado o a insumos esenciales, y/o facilitar la ejecución de prácticas monopólicas.
Dado el periodo en el que posiblemente se realizó la concentración ilícita que dio origen a la investigación, esta se tramita con fundamento en los artículos 61, 62, 63 y 64 de la LFCE publicada en el DOF el 23 de mayo de 2014.
Este procedimiento de investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, a quienes en caso de ser considerados probables responsables se les deberá oír en defensa.
De comprobarse una concentración ilícita, el Pleno de la Cofece puede imponer las siguientes sanciones: demandar la corrección o supresión de la práctica ilegal; ordenar la desconcentración parcial o total; decretar la terminación del control o la supresión de los actos y multar hasta con 8% de los ingresos del agente económico. Los directivos que hayan participado directa o indirectamente en concentraciones ilícitas podrían ser inhabilitados hasta por 5 años y multados hasta con 200 mil UMAs, entre otras sanciones.
Las concentraciones entre empresas –fusiones, adquisiciones o unión de sociedades– deben notificarse cuando cumplan con los umbrales establecidos en el artículo 86 de la LFCE.