La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) de México inició una investigación para identificar y, en su caso, determinar la probable existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia, así como de posibles insumos esenciales en el mercado del servicio público de transporte ferroviario de carga y sus servicios y derechos relacionados.
Creada en 2013, la Cofece es un organismo autónomo encargado de promover y garantizar la competencia y libre concurrencia en los mercados, así como prevenir, investigar y combatir prácticas anticompetitivas.
¿Qué son barreras a la competencia? Son cualquier hecho, acto, o regulación que impida el acceso a un mercado a cierto mercado o limite la su capacidad para competir en el mismo.
Del total de la mercancía transportada vía terrestre, 25.3% se transporta por ferrocarril y el resto por autotransporte.
Tan solo en 2022, se transportaron 128.46 millones de toneladas de carga en el Sistema Ferroviario Mexicano, y de 2016 a 2022, el número de toneladas de carga transportada se incrementó 5.3 por ciento.
Transporte ferroviario
Entre los principales productos transportados se encuentran productos industriales (46.7%), agrícolas (26.4%), petróleo y sus derivados (11.5%), productos fundamentales para el desarrollo de la economía.
El transporte ferroviario de carga representa una modalidad de transporte con potencial para las empresas que se están reubicando en nuestro país (nearshoring), pues se destaca que en 2022 el 73.2% de la carga de comercio exterior fue movilizada a través de las fronteras, y el 26.8% restante a través de puertos.
Por lo tanto, para la Cofece, garantizar condiciones de competencia en el servicio de transporte ferroviario de carga es fundamental para que los usuarios puedan movilizar sus productos a menores precios y en mejores condiciones.
Investigación
El extracto del acuerdo de inicio de la indagatoria IEBC-003-2023 señala que existen elementos que hacen suponer la ausencia de condiciones de competencia efectiva en este mercado. Sin embargo, el inicio de esta investigación no implica prejuzgamiento alguno por parte de la Autoridad Investigadora de la Cofece.
Concluidos los procedimientos previstos para este tipo de investigaciones, y de encontrarse la existencia de barreras a la competencia o insumos esenciales, el Pleno de la Cofece podrá:
Para el desarrollo de esta indagatoria, la Autoridad Investigadora tiene un periodo de entre 30 a 120 días hábiles, contados a partir de la publicación del extracto, el cual puede ser ampliado hasta por dos ocasiones.