La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) identificó facturas alteradas y/o apócrifas y proveedores no localizados o inexistentes que amparaban compra-venta por mercancía a la importación con un valor en aduana de 650.1 millones de pesos de enero a septiembre de 2017, 346 millones de pesos más con respecto al mismo periodo del año anterior.
El monto representó un alza interanual de 101.9% en términos reales.
En México, el importador debe estar inscrito en el Padrón de Importadores que mantiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como en el Registro Federal de Contribuyentes. También se requiere estar inscrito en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos para importar determinadas mercancías sensibles o que puedan representar un riesgo para la salud pública y la seguridad nacional.
Los importadores deben presentar electrónicamente, directamente o a través del agente de aduanas o representante legal, el pedimento, junto con los siguientes documentos: factura comercial; conocimiento de embarque marítimo, guía aérea o documento de transporte; documentos que acrediten el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias, cuando corresponda; documentos que demuestren la procedencia y el origen de las mercancías para aplicar aranceles preferenciales, derechos compensatorios, cupos, o marcado de país de origen; el documento en el que conste la garantía, cuando el valor declarado sea inferior al precio estimado por las autoridades; y un certificado de peso o volumen expedido por empresas certificadoras autorizadas por el SAT en el caso de las mercancías importadas a granel por vía marítima.
Cuando se trata de mercancías que puedan representar un riesgo para la salud pública y la seguridad nacional, hay que adjuntar también información que permita la identificación, el análisis y el control de esas mercancías.