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La SRE publica APPRI, un acuerdo de inversión, entre México y Turquía

21 diciembre, 2017
Asia

pleca

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó el 15 de diciembre, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un decreto por el que promulga el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones entre México y Turquía (APPRI).

En virtud de este decreto, a partir del próximo 17 de diciembre, las relaciones entre inversionistas mexicanos y turcos se regirán por el APPRI. Una vez aprobado por la Cámara de Senadores, será necesario que en las próximas semanas la SRE promulgue el acuerdo para que éste pueda entrar en vigor.

En una nota, la consultoría Iqom indicó que la relación comercial entre México y Turquía no es muy intensa, en 2016 México envió a esa nación 90 millones de dólares de mercancías. Asimismo, México registró 731 millones de dólares en importaciones procedentes de Turquía en los últimos cuatro años.

“La suscripción de este APPRI forma parte de una estrategia del gobierno de México para otorgar a los inversionistas mexicanos y a los extranjeros un marco jurídico que fortalezca la protección a la inversión extranjera en México; así como la inversión mexicana en el exterior. A la fecha México tiene suscritos 32 acuerdos de esta naturaleza”, dijo Iqom.

Este Acuerdo fue suscrito en la Ankara, Turquía, el 17 de diciembre de 2013. Los APPRIs son acuerdos bilaterales, mediante los cuales los países participantes acuerdan otorgar protección a las inversiones realizadas en su territorio por parte de los nacionales del otro país que suscribe el tratado. La firma de estos instrumentos tiene como propósito otorgar garantías jurídicas que fomenten la captación de inversiones.

El 17 de noviembre de 2017, SRE dio a conocer que, el Senado de la República aprobó el APPRI con Turquía.

Como todos los APPRIS firmados por México, el texto negociado con las autoridades de Turquía contiene las disposiciones comunes a los acuerdos de esta naturaleza. Al respecto, las disciplinas centrales de los APPRIs son las siguientes:

  1. Trato nacional.- Las partes se comprometen a otorgar a los inversores e inversiones de la otra parte un trato no menos favorable del que confieren a los propios en circunstancias similares. Generalmente esto incluye la administración, mantenimiento, uso, disfrute y venta de las inversiones en el territorio del país receptor de la inversión.
  2. Nación más favorecida.- Las partes de un APPRI se comprometen a otorgar a los inversionistas e inversiones de la otra parte, un trato no menos favorable del que concedan a los nacionales de terceros países.
  3. Nacionalización y expropiación.- Estos acuerdos establecen que ninguna de las partes podrá expropiar o nacionalizar las inversiones extranjeras, salvo que sea por causa de utilidad pública; que la medida se efectúe sobre bases no discriminatorias y con apego al principio de legalidad. Asimismo, contienen disciplinas para regular el pago de una indemnización equivalente al justo valor de mercado de la inversión objeto de expropiación.
  4. Nivel mínimo de trato.- Las partes de un APPRI se obligan a otorgar a las inversiones extranjeras, un nivel de trato acorde con el derecho internacional consuetudinario, lo que también incluye un trato justo y equitativo.
  5. Solución de controversias.- Un elemento central de todo APPRI es la existencia de un mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado. A través de éste, los inversionistas de cada una de las partes tienen la oportunidad de resolver sus controversias con el Estado receptor de la inversión, por la vía de un tribunal arbitral internacional imparcial que tiene la facultad de dictar un laudo. De resultar ganador el inversionista puede obtener una indemnización pecuniaria en caso de que el estado receptor haya violado el acuerdo, o inclusive la restitución de su inversión en caso de que una expropiación no haya sido conforme a las disciplinas del APPRI en cuestión.
  6. Adicionalmente, los APPRIS también cuentan con un mecanismo para la solución de diferencias Estado-Estado.

El decreto entró en vigor el 17 de diciembre de 2017.

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