La Representación Comercial de Estados Unidos (USTR) cuestionó la forma en que la Organización Mundial de Comercio (OMC) otorga la designación de trato especial y diferenciado a un amplio grupo de sus miembros.
“Muchas de esas designaciones son totalmente irrazonables y contrarias a casi cualquier criterio objetivo”, dijo la USTR en su Agenda de política comercial 2025 y su Informe anual 2024.
Trato especial y diferenciado
Desde la perspectiva de la USTR, a pesar de los avances en desarrollo desde la creación de la OMC, la organización mantiene una estructura binaria. De manera que, en su opinión, esta clasificación entre países desarrollados y en desarrollo ya no refleja las realidades de 2025.
Además, la USTR argumentó que este sistema ha generado ventajas injustas para ciertos miembros. A manera de ejemplo, dijo que en las negociaciones, algunos buscan perpetuar un modelo desigual. Mientras que los países desarrollados deben cumplir todas las normas, solo algunas se aplican a la mayoría, incluidos los miembros más avanzados y ricos.
Los acuerdos de la OMC incluyen disposiciones de trato especial y diferenciado para beneficiar a los países en desarrollo. Estas medidas les otorgan más derechos y permiten un trato más favorable por parte de otros miembros.
Entre los principales beneficios, destacan plazos más largos para implementar acuerdos, estrategias para ampliar oportunidades comerciales y la obligación de proteger sus intereses. Además, se brinda apoyo para desarrollar infraestructura y cumplir con normas técnicas.
En la Declaración de Doha, los ministros acordaron revisar estas disposiciones para hacerlas más precisas, efectivas y operativas.
China
Hoy en día, alrededor de tres cuartas partes de los Miembros de la OMC reclaman la condición de país en desarrollo, argumentando que tienen derecho al trato especial y diferenciado como una cuestión de derecho.
La USTR criticó esto, poniendo como ejemplo que economías avanzadas como China, Israel, México, Arabia Saudita y Turquía siguen insistiendo en que tienen derecho automático al trato especial y diferenciado.
Algo similar afirman algunas de las naciones más ricas del mundo, como Kuwait, Qatar y los Emiratos Árabes Unidos.
Por ello, la USTR expuso que permitir que la autodeclaración del estatus de desarrollo determine la elegibilidad para el trato especial y diferenciado perjudica al brazo negociador de la OMC.