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Los cambios a la LIGIE en México

4 septiembre, 2022
América del Norte
La Secretaría de Economía de México realizó cambios a la LIGIE e implementó la VII Enmienda del Sistema Armonizado. The Mexican Ministry of Economy made changes to the LIGIE and implemented the VII Amendment to the Harmonized System.

La Secretaría de Economía de México realizó cambios a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE)  e implementó la VII Enmienda del Sistema Armonizado.

Ante todo, la LIGIE es un importante instrumento de facilitación comercial en la medida en que todos los países miembros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) cuentan con una base común el Sistema Armonizado para la denominación, codificación y clasificación de las mercancías que se intercambian a nivel internacional.

Para la implementación de la VII Enmienda del Sistema Armonizado, la Secretaría de Economía trabajó en la versión de la LIGIE, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Tras su aprobación por parte del Congreso de la Unión, la LIGIE se publicó el 7 de junio y entrará en vigor a más tardar en 180 días a partir de esa fecha.

Con la implementación de la VII Enmienda en la legislación mexicana se dará cumplimiento al compromiso internacional y, de igual manera, permitirá a México estar alineado a la clasificación internacional con sus principales socios comerciales en tiempo y forma.

LIGIE

Conforme lo establece el Decreto por el que se expide la LIGIE, la Secretaría de Economía publicó el 27 de junio de 2022 el Acuerdo por el que se establece la metodología para la creación y modificación de los números de identificación comercial.

Asimismo, la Secretaría de Economía deberá publicar el Acuerdo por el que se dan a conocer las tablas de correlación entre las fracciones arancelarias de la TIGIE 2020-2022 y el Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) (ambos dentro de los 40 días naturales posteriores a la publicación de la LIGIE) y el Acuerdo por el que se dan a conocer las Notas Nacionales de la TIGIE (dentro de los 60 días naturales).

También es necesario actualizar todos los instrumentos de comercio exterior, en los cuales se especifican fracciones arancelarias, proceso que se está llevando a cabo, junto con todas las dependencias involucradas, toda vez que los mismos deben publicarse en el DOF, a más tardar a los 90 días naturales de la publicación de la LIGIE en ese órgano de difusión oficial

Otros instrumentos deberán ser actualizados con la finalidad de mantener la normatividad vigente.

Entre los instrumentos a ser actualizados están el Decreto IMMEX, el Decreto PROSEC, el Decreto Frontera, el Decreto Chetumal, el Decreto de competitividad de la industria automotriz terminal, el Decreto de autos usados y diversos aranceles-cupo con los que México cuenta.

 

Redacción Opportimes

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