La Secretaría de Economía publicó un aviso en el que establece un cupo de 2.3 millones de toneladas para la exportación de piloncillo a Estados Unidos del 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020.
En general, las exportaciones de piloncillo al mercado estadounidense se realizarán a través de cualquiera de los ingenios azucareros que cuenten la asignación de cupo de exportación de azúcar para el ciclo azucarero 2019/2020.
No formarán parte de la cuota del ingenio y, en consecuencia, no será responsabilidad del ingenio cualquier incumplimiento por parte de los productores y/o comercializadores de piloncillo.
Toda vez que la exportación de piloncillo a Estados Unidos se realiza como producto empacado y utilizando un medio de transporte diferente a un barco, para efectos de los Acuerdos de Suspensión firmados con el Gobierno de dicho país, contabilizará como exportación de azúcar refinado y, consecuentemente, el exportador deberá acreditar que realizó la exportación de piloncillo al precio mínimo vigente para ese tipo de azúcar.
Piloncillo y antecedentes
El 15 de octubre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación.
La fracción II del punto 16 del Acuerdo señala que la Secretaría de Economía establecerá un cupo para la exportación de piloncillo por hasta un monto igual al asignado en el ciclo azucarero anterior; mismo que podrá incrementarse en un 3% siempre que se demuestre la exportación del 97% de la asignación otorgada.
De acuerdo con los registros del Servicio de Administración Tributaria (SAT), al 30 de septiembre de 2019, las exportaciones de piloncillo del 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019 ascendieron a 2 millones 090,727 Toneladas Métricas Valor Crudo (TMVC), es decir, el 90.74% de la asignación otorgada.