Un tribunal de la Organización Mundial de Comercio (OMC) determinó que México tiene derecho a imponer represalias comerciales a las importaciones procedentes de Estados Unidos por un valor máximo de 163.23 millones de dólares anuales como consecuencia del incumplimiento de una resolución previa que determinó que los requisitos de Estados Unidos sobre el etiquetado «dolphin safe» para los productos de atún son discriminatorios.
México tiene ahora el derecho a solicitar autorización al Órgano de Solución de Diferencia de la OMC para suspender concesiones hasta dicha cantidad.
El árbitro decidió que la medida estadounidense objeto de estos procedimientos es la medida sobre el atún modificada por Estados Unidos en 2013 en respuesta a la primera resolución de la OMC en contra de los requisitos de etiquetado estadounidense de 2012. Tras una reclamación de México, la OMC dictaminó en 2015 que la medida modificada también era incompatible con las normas de la OMC.
Esta decisión no afecta a la segunda medida sobre el atún modificada y adoptada por Estados Unidos en 2016 en respuesta a la resolución de 2015.
México sostiene que la segunda medida modificada también es incompatible con las normas de la OMC. Un grupo especial de la OMC sobre cumplimiento está examinando actualmente la segunda medida modificada; el presidente del grupo especial anunció el 13 de abril que prevé dar a conocer su informe final a las partes antes de mediados de julio de 2017.
México reconoció durante el proceso de arbitraje que deberá suspender toda medida de represalia que imponga si la segunda ronda de procedimientos relativos al incumplimiento, actualmente en marcha, diera como resultado la determinación de que la medida sobre el atún de 2016 se ajustó a las obligaciones contraídas por Estados Unidos en la OMC.
Esta diferencia fue iniciada por México en octubre de 2008.