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NICO: definen 2 periodos de evaluación

26 agosto, 2020
Logística
The Ministry of Economy defined two evaluation periods for the Commercial Identification Number (NICO) in the final version of a preliminary draft that is under review by the National Commission for Regulatory Improvement (Conamer).

La Secretaría de Economía definió dos periodos de evaluación para el Número de identificación comercial (NICO) en la versión final de un anteproyecto que está en proceso de revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Se trata de modificaciones del anteproyecto “Acuerdo por el que se establece la metodología para la creación y modificación de los números de identificación comercial”.

Las solicitudes de creación o modificación de los NICO se enviarán a través del correo electrónico nueva.ligie@economia.gob.mx, adjuntando cierta información, mismas que serán valoradas en dos periodos de evaluación anual:

  1. El primer periodo de evaluación será en el mes de marzo, en el que se considerarán las solicitudes recibidas durante el periodo julio-diciembre del año inmediato anterior.
  2. El segundo periodo de evaluación será en el mes de septiembre, en el que se considerarán las solicitudes recibidas durante el periodo enero-junio del año que se encuentre en curso.

NICO

La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio (DGFCCE) valorará los comentarios recibidos, y una vez efectuada la valoración conforme a determinados criterios, elaborará el proyecto de determinación de los NICO, el cual será remitido a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a efecto de que emita su opinión en un plazo de diez días hábiles.

Previa opinión favorable de la SHCP, la Secretaría de Economía, a través de la DGFCCE, determinará los NICO y procederá a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La publicación de los NICO se realizará en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 1 de diciembre y el 1 de junio de cada año, iniciando su vigencia, en el primer caso el 1 de enero del año siguiente y, en el segundo, el 1 de julio del año que se encuentre en curso.

Salvo casos excepcionales en que la solicitud obedezca a motivos de seguridad nacional o salud pública, para medir el impacto o dar seguimiento a mercancías que se consideren sensibles y la solicitud se realice por una Dependencia, se crearán y publicarán nuevos NICO fuera de los periodos mencionados en los Artículos 7 y 9, otorgando en todo caso, los plazos para consulta y comentarios.

La Secretaría de Economía definió dos periodos de evaluación para el Número de identificación comercial (NICO) en la versión final de un anteproyecto que está en proceso de revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
Chart: SE.

En estos casos, las solicitudes para su evaluación serán enviadas en cualquier momento conforme a lo establecido en los Artículos 5 y 6 del Acuerdo

 

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