La Secretaría de Economía publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se autoriza la desincorporación mediante extinción de ProMéxico.
ProMéxico, entidad paraestatal del Gobierno (dependiente de la Secretaría de Economía –SE-) creada en 2007, se encarga de promover la inversión extranjera directa y las exportaciones de productos y servicios, así como la internacionalización de las empresas mexicanas para contribuir al desarrollo económico y social del país.
Para ello, ProMéxico cuenta con oficinas de representación en el territorio nacional y en el extranjero, a través de las cuales trata de encontrar mercados para los exportadores nacionales.
Asimismo, ProMéxico brinda apoyo financiero a las empresas exportadoras o con potencial exportador para que, entre otras cosas, contraten servicios de consultoría, lleven a cabo estudios de mercado o participen en ferias internacionales.
Desaparición de ProMéxico
Por lo tanto, con el Decreto, el Comité Técnico de ProMéxico deberá celebrar una sesión con el objeto de emitir los lineamientos para llevar a cabo el proceso de desincorporación por extinción a que se refiere el artículo 9 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
La Secretaría de Economía, como dependencia encargada de formular, conducir y fomentar las políticas generales de comercio exterior y fomentar atracción de inversión extranjera, llevará a cabo las actividades correspondientes, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, que hasta hoy realizaban en coordinación con ProMéxico.
Por una parte, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Relaciones Exteriores participarán conjunta y directamente en la elaboración de los lineamientos antes citados, previo a la presentación y aprobación del Comité Técnico de ProMéxico.
Por la otra, la Secretaría de Economía, como coordinadora de sector, a través de la unidad administrativa designada para dichos efectos, será la responsable del proceso de desincorporación; asimismo, resolverá cualquier situación inherente a dicho proceso, sin perjuicio de las atribuciones de la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación.
El proceso de desincorporación estará a cargo del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, quien tendrá el carácter de Delegado Fiduciario Especial, para lo cual contará con las más amplias facultades para desempeñar su encargo, en cuanto a actos de administración, dominio, pleitos y cobranzas, y para suscribir u otorgar títulos de crédito, entre otras.