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SE suspende certificados de origen para exportaciones de autopartes a Brasil

27 agosto, 2020
Automotriz
The Ministry of Economy reported that it suspended the issuance of certificates of origin for exports of auto parts to Brazil under the Economic Complementation Agreement 55 (ACE 55).

La Secretaría de Economía informó que suspendió la emisión de certificados de origen para exportaciones de autopartes a Brasil en el marco del Acuerdo de Complementación Económica 55 (ACE 55).

La medida va dirigida a todos los usuarios de las preferencias arancelarias establecidas en el marco del Apéndice II de ese acuerdo.

A partir del 26 de agosto de 2020 quedó suspendida la expedición de certificados de origen para las autopartes que se destinen a la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en territorio de Brasil.

La autopartes corresponde a aquellas comprendidas en el literal d), del artículo 1° del citado Apéndice II bajo las normas de origen Artículo 5° párrafo I, incisos c) y d), en tanto que los gobiernos de México y Brasil alcancen un acuerdo mutuamente satisfactorio respecto al alcance y aplicación del Artículo 5° del Quinto Protocolo Adicional al Apéndice II.

Por consiguiente, no se emiten los certificados, para estos criterios, para las solicitudes ingresadas en la VUCEM desde las 21:00 horas del lunes 24 de agosto.

Adicionalmente, la Secretaría de Economía informó a los exportadores que, para evitar que se emitan certificados de origen que podrían ser rechazados, dejará de autorizar Registros de Productos Elegibles (RPE) para autopartes destinadas a Brasil, y quedarán suspendidos los que han sido autorizados hasta la fecha.

Certificados de origen

Sin embargo, sí será posible utilizar las normas de origen establecidas en el Artículo 5° párrafo I, incisos c) y d) para autopartes que se destinen a la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en territorio mexicano al amparo del AAP.CE Nº 55, bajo las normas de origen Artículo 5°, párrafo I, incisos c) y d).

Finalmente, la Secretaría de Economía recordó a los usuarios que, si las autopartes a exportar cumplen con un Índice de Contenido Regional de al menos 40%, podrán seguir tramitando sus RPE y solicitando sus certificados de origen bajo el procedimiento habitual bajo la norma Quinto Protocolo Adicional, Artículo 4°.

 

 

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