En el contexto de los recursos energéticos, Canadá sigue siendo libre de determinar si se permitirán las exportaciones de recursos energéticos a Estados Unidos o a México.
Pero ello es posible siempre y cuando las restricciones a la exportación no: reduzcan la proporción de recursos energéticos exportados en relación con el suministro total de bienes de la parte que mantiene la restricción en comparación con la proporción existente en el período de 36 meses más reciente; impongan un precio de exportación superior al precio nacional (sujeto a una excepción con respecto a ciertas medidas que sólo restringen el volumen de las exportaciones); y perturben los canales normales de suministro.
Los tres países firmantes del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) tienen prohibido imponer un requisito de precio de exportación mínimo o máximo en cualquier circunstancia en la que esté prohibida cualquier otra forma de restricción cuantitativa.
Exportaciones
También los países firmantes tienen prohibido imponer un requisito de precio mínimo o máximo de importación, excepto cuando se permita en la aplicación de órdenes y compromisos compensatorios y antidumping.
El T-MEC exige a los reguladores de la energía que garanticen la aplicación ordenada y equitativa de cualquier cambio normativo y que se aseguren de que la aplicación de esos cambios cause la mínima perturbación de los acuerdos contractuales y evite una interferencia indebida en los acuerdos de precios, comercialización y distribución, todos ellos importantes para las exportaciones canadienses de petróleo y gas natural.
T-MEC
Este tratado mantiene las condiciones de acceso a los mercados acordadas en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Por tanto, todos los bienes originarios de la región tienen un arancel del 0%, excepto algunos productos del sector avícola, lácteos y preparaciones alimenticias con contenido de azúcar, cuyo acceso al mercado canadiense aún está restringido.
Según lo acordado, México mantuvo el acceso que se le otorgaba al 100% de las líneas arancelarias con los Estados Unidos y al 99,2% con el Canadá; el 0,8% de las líneas restantes con el Canadá están aún sujetas a aranceles de importación.
México no mantiene contingentes arancelarios en el marco del Tratado.