México y Canadá tienen procesos de liberalización similares en el TIPAT y T-MEC, de acuerdo con información de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Por un lado, el T-MEC mantuvo el trato de franquicia arancelaria otorgado a las mercancías en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), que abarcaba 100% de todas las líneas arancelarias entre México y los Estados Unidos, y 99% entre México y Canadá, de modo que en el caso de México el T-MEC no entraña una nueva liberalización arancelaria.
En el TIPAT se prevé un período de eliminación progresiva de 16 años para que las mercancías se beneficien de un trato de franquicia arancelaria, que abarcará 99% de todas las líneas arancelarias de México.
Por otra parte, en el caso de Canadá, el T-MEC mantuvo igualmente el trato de franquicia arancelaria otorgado a las mercancías en el marco del TLCAN, que abarcaba 99% de todas las líneas arancelarias.
Una vez se haya aplicado íntegramente el TIPAT, 99% de las líneas arancelarias entre las partes en este acuerdo estará libre de derechos y 94% de las exportaciones de productos agropecuarios y agroalimentarios de Canadá tendrá acceso libre de derechos a los países integrantes del bloque.
TIPAT y T-MEC
A diferencia de otros acuerdos de libre comercio suscritos por Canadá, en el T-MEC se liberalizaron algunos aranceles agropecuarios entre Canadá y Estados Unidos.
También el T-MEC incluye las disposiciones más exhaustivas en materia de biotecnología agropecuaria de los acuerdos de libre comercio suscritos por Canadá.
En lo que se refiere a los Capítulos relativos a la inversión y el comercio transfronterizo de servicios, el nivel de liberalización del T-MEC está en consonancia con el de otros acuerdos de libre comercio suscritos por Canadá, entre ellos el TIPAT.
En otra arista, el T-MEC preserva el uso de paneles binacionales para resolver disputas en materia de derechos compensatorios y antidumping.
Sin embargo, el T-MEC elimina por completo para Canadá y Estados Unidos lo que se conocía como el mecanismo de resolución de disputas inversionista-Estado, que permitía a las empresas e inversionistas demandar a los gobiernos de cualquiera de las Partes si alguna de las Partes hacía cambios en sus políticas que empresas o inversores que creían que perjudicarían sus beneficios futuros.
También este proceso se eliminó para México, excepto sólo en lo que respecta a ciertas industrias, como la petrolera, la energía y las telecomunicaciones.